§ 1. Finalidad y Alcance
IGAXMING N.V. ("IGAXMING") se compromete a prevenir el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo, la elusión de sanciones y otros delitos financieros relacionados con el licenciamiento y la operación de su software iGaming. Esta Política se aplica a: (i) todo el personal, contratistas y agentes; (ii) todos los clientes (licenciatarios) que adquieran derechos sobre el Software; (iii) cualquier contraparte de pago.
Esta Política se alinea con las recomendaciones del GAFI, las Directivas AML de la UE (4AMLD/5AMLD/6AMLD), la Ley Nacional de Curazao sobre Reporte de Transacciones Inusuales, y los regímenes de sanciones OFAC, ONU y UE.
§ 2. Debida Diligencia del Cliente (CDD)
Antes de iniciar una relación comercial con un licenciatario, IGAXMING aplica medidas CDD basadas en el riesgo, incluyendo:
- verificar la identidad legal del cliente (registro mercantil, estatutos, certificado de vigencia);
- identificar a los beneficiarios efectivos finales (UBO) con 25%+ de participación;
- verificar la identidad de los representantes autorizados mediante documento de identidad oficial;
- contrastar al cliente, UBO y representantes con listas de sanciones (OFAC SDN, lista consolidada UE, ONU, HMT) y bases de datos PEP;
- evaluar la(s) jurisdicción(es) de operación previstas, licencias de juego, y el perfil de riesgo global.
Se aplica Diligencia Reforzada (EDD) a clientes de mayor riesgo (jurisdicciones de mayor riesgo, PEP, estructuras de propiedad complejas, operaciones de alto valor).
§ 3. Obligaciones del Licenciatario
Los licenciatarios se comprometen a, en sus propias operaciones: (i) mantener un programa AML/CFT documentado apropiado a su jurisdicción y licencia; (ii) implementar KYC de jugadores en el registro y antes de transacciones materiales; (iii) contrastar a los jugadores con listas de sanciones y PEP; (iv) monitorizar transacciones por patrones sospechosos; (v) reportar transacciones sospechosas a la UIF competente cuando proceda; (vi) conservar registros por el plazo mínimo legalmente exigido (normalmente 5 años).
El Software incluye ganchos opcionales de detección de fraude por IA e integración KYC. Su uso no sustituye las obligaciones regulatorias del licenciatario.
§ 4. Cumplimiento de Sanciones
IGAXMING no establece ni mantiene relaciones comerciales con personas o entidades incluidas en, poseídas o controladas por sujetos sancionados bajo regímenes aplicables. Los clientes identificados como sancionados tras el alta verán su licencia inmediatamente suspendida y los fondos congelados durante la revisión.
§ 5. Reporte de Actividad Sospechosa
El personal de IGAXMING está formado para reconocer y reportar actividad inusual o sospechosa al Oficial de Cumplimiento (MLRO). El MLRO decide si presentar un reporte a la UIF competente. Está estrictamente prohibido alertar al sujeto del reporte ("tipping off").
§ 6. Conservación de Registros
Los registros CDD, transaccionales y comunicaciones AML internas se conservan al menos cinco (5) años tras el fin de la relación o la fecha de la transacción, la que sea posterior.
§ 7. Formación y Gobierno
Todo el personal de IGAXMING recibe formación AML/CFT en el alta y al menos anualmente. El MLRO reporta directamente a la alta dirección y actúa con independencia respecto de las decisiones sobre actividad sospechosa.
§ 8. Contacto
Contacto del MLRO: compliance@igaxming.com — IGAXMING N.V., Heelsumstraat 51, E-Commerce Park, Curazao.
Contacto legal: legal@igaxming.com
IGAXMING N.V. · Heelsumstraat 51, E-Commerce Park, Curaçao